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martes, 5 de mayo de 2020

SOBRE RESTAURANTES Y DELIVERYS


El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó mediante Resolución Ministerial N° 250-2020-MINSA, el protocolo de higiene que deberán seguir los restaurantes que ofrecerán el servicio delivery o venta para llevar, como medida de prevención frente al Covid-19. Sin embargo, esto no significa que todos los incluidos en este sector podrán reiniciar sus actividades comerciales, ya que en los días siguientes, los restaurantes deberán mostrar su capacidad para adaptarse a estas medidas, y pasar así las verificaciones respectivas, que les permitan finalmente poder ofrecer este servicio.

La "Guía técnica para los restaurantes y servicios afines con modalidad de servicio a domicilio", como se ha denominado este protocolo, establece parámetros sobre la compra y recepción de alimentos, su almacenamiento, acondicionamiento, la preparación de pedidos, el despacho y entrega de la comida.

En esta guía se establece que, los restaurantes deben garantizar la bioseguridad de sus alimentos, asegurándose de que todas las personas involucradas en el proceso de elaboración y presentes en el establecimiento, deben llevar protector buco nasal, tener el cabello cubierto y las manos con guantes, excepto para el caso de la elaboración, que pueden prescindir de guantes, pero sí deberán tener manos limpias y desinfectadas, sin heridas abiertas, así como mantener las uñas cortas y limpias. Se establece también que deberán renovar su uniforme cada 4 horas, a fin de evitar se contamine con agentes ajenos, y el sudor propio de la cocina.

Además, el restaurante debe proveer los medios para garantizar que el personal realice un correcto lavado de manos, sea con agua y jabón, o desinfectante (gel, alcohol, otros), y que se mantenga un metro de separación entre los miembros de la cocina. Sumado a esto, deberán evitar que laboren quienes presenten síntomas de procesos respiratorios como tos, dolor de garganta, dolor de cabeza, etc.

En cuanto al reparto, la comida debe colocarse en un envase primario, que debe contar con un precinto de seguridad, y debe ser entregado máximo en una hora, o lo más pronto posible. El repartidor, deberá contar con guantes, mascarilla y alcohol gel y asegurarse que el contenedor o caja donde se pondrá el envase con la comida, se encuentren desinfectado. Debe también, mantenerse limpio y desinfectado el vehículo que se utilizará para dicho reparto.

Finalmente, se establece que la vigilancia del cumplimiento de esta guía técnica es responsabilidad de las municipalidades, en coordinación con las Direcciones Integradas de Salud, y las gerencias o direcciones Regionales de Salud. Y queda como facultad del gobierno, en caso de no haber alcanzado la respuesta esperada, en cuanto a la eficacia de las medidas y la responsabilidad por parte de la población para acatarlas, podrá proceder con la cancelación de la actividad o emitir nuevas restricciones, por considerarlas uno de los sectores más involucrados con la salud colectiva.

Sabemos que las medidas son muy exigentes, pero no hay de otra, informarse es clave, así como acatar las medidas, y exigir que se acaten. En este caso la responsabilidad es de todos.

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